Funciones de los promotores de salud: nuevo proyecto de resolución

Funciones de los promotores de salud nuevo proyecto de resolución

En el marco de la transformación del sistema, el Ministerio de Salud ha dado a conocer los lineamientos para los promotores de salud. Este rol, que se considera parte de los auxiliares en salud, constituye una pieza fundamental para la atención primaria (APS) y las estrategias de prevención, ya que establecen distintos acercamientos con la población.

“La ocupación de promotor de salud tiene como sujetos de atención a las personas, las familias y la comunidad de un territorio, de acuerdo con la diversidad étnica, sociodemográfica, sanitaria, ambiental y cultural de este. El auxiliar promotor(a) de salud articula a la comunidad y los actores del sistema de salud, contribuyendo así al cuidado de la vida, la salud, la promoción de la salud, el bienestar integral de las poblaciones y el logro de resultados en salud”, establece el proyecto de resolución.

Cuando se trate de promotores de salud que trabajen con grupos étnicos, los funcionarios deberán contar con el aval previo de las autoridades ancestrales y las formas organizativas propias de los grupos étnicos antes de realizar cualquier intervención. Asimismo, trabajará en coordinación con los sabedores y sabedoras ancestrales de cada comunidad, respetando sus usos y costumbres y garantizando un enfoque intercultural en las acciones de atención.

De acuerdo con la propuesta del Gobierno, los promotores de salud resurgen en el sistema para alcanzar la integración efectiva entre la comunidad y los actores sectoriales. Este enfoque integra a personas, familias y comunidades, teniendo en cuenta la diversidad étnica, sociodemográfica, sanitaria, ambiental y cultural de cada territorio. Con ello, se busca construir un sistema más inclusivo y equitativo que responda a las necesidades reales de los habitantes del país.

Funciones obligatorias de los promotores de salud, de acuerdo con la resolución en borrador:

Dentro del proyecto de resolución, el Ministerio de Salud estableció una serie de funciones específicas según los procesos específicos definidos por la cartera, dos procesos complementarios y uno excepcional para los promotores de salud.

Proceso Funciones establecidas
Participación social y comunitaria – Participar en el reconocimiento y análisis de actores involucrados en las dinámicas sanitarias, sociales, culturales, étnicas, políticas, de género y ambientales, en los entornos donde se desarrollan las personas y la vida.
– Promover en las personas, familias y comunidades la apropiación del cuidado de sí, del otro, del territorio y de la vida.
– Identificar las organizaciones de base de las comunidades rurales y urbanas. Para grupos étnicos se tendrá en cuenta lo definido la Ley 691 de 2001 y el Decreto 1811 de 1990, y demás normatividad que define orientaciones para el trabajo conjunto y concertación.
– Fortalecer el empoderamiento y el liderazgo comunitario para la gestión de las respuestas a las necesidades, potencialidades, prioridades en salud y de los determinantes sociales de la salud del territorio asignado. Ejerce el liderazgo en el territorio asignado para la garantía del derecho a la salud.
– Participar en la planificación y ejecución de metodologías de análisis cualitativo de las necesidades, potencialidades y prioridades en salud del territorio de influencia.
Dialogo y articulación transectorial e intersectorial – Facilitar el diálogo participativo en salud entre las comunidades (rurales, urbanas, grupos étnicos)y los actores sectoriales e intersectoriales.
– Apoyar la gestión de la articulación intersectorial de los procesos comunitarios con los actores para el cuidado de la salud y de la vida y la garantía del derecho a la salud y la generación de cambios en los modos, formas, estilos y condiciones de vida, buscando la transformación de los modos de gestión de los determinantes sociales de la salud del territorio de influencia y las formas de exigibilidad del derecho a la salud.
– Canalizar a los servicios intersectoriales de acuerdo con la oferta territorial. En acciones tales como la derivación a servicios de educación formal en niños desescolarizados, apoyo alimentario, transferencias monetarias condicionadas, prevención y atención del trabajo infantil, atención a víctimas, personas con discapacidad, servicios públicos básicos, entre otros.
Educación e información para la salud – Apoyar la articulación de los procesos de educación para la salud, la información y comunicación con la comunidad y el equipo de salud.
– Apoyar el diálogo con sabedores y sabedoras ancestrales de los grupos étnicos, previo aval de las autoridades ancestrales y/o formas organizativas propias, de para desarrollar procesos de educación para la salud a partir de sus usos y costumbres desde el principio de la interculturalidad.
– Aportar en el fortalecimiento de las prácticas propias e interculturales en salud, especialmente en la intersección entre la medicina “occidental o facultativa”, las culturas médicas tradicionales y las Medicinas Alternativas y Complementarias,
optimizando y aplicando las herramientas técnicas, metodológicas y normativas que están vigentes.
– Participar en los procesos de educación para la salud, inspiradas en el diálogo de saberes, desarrolladas por el equipo de salud para la promoción y mantenimiento de la salud y la atención integral en el curso de vida de las personas y las familias, tendientes a desarrollar las capacidades individuales y colectivas para la promoción de la participación social en salud autónoma y decisoria.
– Identificar y apoyar la gestión, desde y con la comunidad, de estrategias comunitarias para la información, la educación y la comunicación (IEC) en salud, que permitan la difusión de medidas y estrategias para el mantenimiento y promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, la reducción de riesgos y la inclusión social.
– Participar en el diseño y difusión de las estrategias de IEC y de los mensajes claves en torno a las medidas y estrategias para el mantenimiento y promoción de la salud orientada a las prácticas de cuidado.
Abogacía en la garantía al derecho fundamental a la salud y canalización a
los servicios de salud
– Articular con la comunidad los procesos para la afiliación, asignación o adscripción al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) o el que haga sus veces.
– Gestionar el aseguramiento con los actores del SGSSS o el que haga sus veces presentes en el territorio de influencia, cuando se identifique una persona no asegurada, y el desarrollo de procesos de gestión del riesgo con las personas, familias y comunidades por parte de las entidades responsables.
– Identificar, orientar y canalizar a las personas y familias para la atención integral en salud, tanto en la prestación de los servicios de salud individuales y acciones colectivas, haciendo énfasis en prioridades en salud territoriales y nacionales.
– Orientar a las personas, las familias y las comunidades en las formas de exigibilidad del derecho a la salud.
– Brindar primeros auxilios, incluyendo los primeros auxilios psicológicos y la atención en contextos de emergencias y desastres y referencias a los servicios de salud para la atención pertinente.
Registro de
información
Registrar la información recolectada durante el desarrollo de las acciones como promotor/a de salud en los sistemas de información disponibles en el territorio y de acuerdo con las características y condiciones poblacionales.

Para conocer las demás funciones que estarían a cargo de los promotores de salud, CONSULTORSALUD los invita a revisar y descargar el documento adjunto. Las observaciones estarán abiertas hasta el próximo 30 de diciembre de 2024 en los correos electrónicos: jmahecha@minsalud.gov.co con copia a: erodriguezo@minsalud.gov.co , cmedina@minsalud.gov.co , lgutierrezp@minsalud.gov.co.