Corte Constitucional exige mayor transparencia y participación en el reajuste de la UPC: nueva advertencia al Ministerio de Salud

Corte Constitucional exige mayor transparencia y participación en el reajuste de la UPC: nueva advertencia al Ministerio de Salud

La Corte Constitucional recordó que la Sentencia T-760 de 2008 ordenó eliminar la inequidad entre los regímenes contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y garantizar una actualización periódica y suficiente del Plan de Beneficios en Salud (PBS). En ese marco, el Auto 007 de 2025 declaró el incumplimiento de la suficiencia de la UPC y ordenó la creación de una mesa de trabajo con participación multisectorial para revisar el valor de la prima desde 2021 hasta 2024.

Pese a ello, la Resolución 370 de 2025, con la cual el Ministerio de Salud y Protección Social afirma haber dado cumplimiento a esta orden, ha sido objeto de múltiples cuestionamientos por parte de organismos de control, asociaciones del sector salud, agremiaciones y actores políticos.

Señalamientos al Ministerio de Salud: restricciones, exclusiones y posible desacato

La Procuraduría General de la Nación advirtió que el Ministerio de Salud y Protección Social habría limitado el alcance de las órdenes judiciales, incurriendo posiblemente en desacato. Indicó que la Resolución 370 de 2025 no contempla la suficiencia de la UPC 2024 como objetivo principal y otorga al Ministerio facultades unilaterales para excluir participantes, controlar soportes documentales y restringir formatos de información.

Organizaciones como Pacientes Colombia alertaron que el ministerio estaría dilatando el cumplimiento del Auto 007, afectando directamente la sostenibilidad del sistema y el acceso a tratamientos. La crítica se centra en la ausencia de mecanismos efectivos de ajuste ex post y en la falta de discusión técnica abierta sobre los rezagos acumulados desde 2021.

Participación limitada y representación cuestionada

Las exclusiones injustificadas de actores como Asocajas, la ANDI, y la Secretaría de Salud de Bogotá han generado inquietudes sobre la representatividad real de la mesa. A pesar de representar a programas de EPS e IPS relevantes y a sectores estratégicos del sistema de salud, no fueron convocados, lo que va en contravía de lo dispuesto por la Corte.

La Sala Especial enfatizó que el objetivo de la mesa no es solo revisar la UPC, sino construir colectivamente criterios técnicos y políticos para su reajuste, bajo un modelo de gobernanza participativa y transparente.

Intervenciones clave y propuesta presupuestal

En el contexto de la instalación de la mesa de trabajo convocada por la Resolución 370 de 2025, varias voces del ámbito legislativo y social han manifestado preocupación por el impacto de la insuficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) en la estabilidad financiera del sistema de salud y el acceso efectivo a los servicios por parte de los usuarios.

Una de las intervenciones más destacadas fue la de la representante a la Cámara Catherine Juvinao Clavijo, quien, respaldada por otros seis congresistas, envió un documento a la Sala Especial de Seguimiento en el que reconoce “la delicada situación que afecta el sistema de salud colombiano dados los ajustes anuales de la UPC”. A partir de esta preocupación, propuso una solución fiscal concreta: reorientar recursos del programa “Apoyo a Programas de Desarrollo de la Salud Ley 100 de 1993”, el cual, según datos oficiales, contaba en 2025 con un saldo de 4,3 billones de pesos.

El objetivo de la propuesta es que dichos recursos se destinen a cubrir los rezagos acumulados en la UPC desde 2021 y financiar los ajustes necesarios en 2024. Esta medida no solo busca resolver el déficit actual de las Entidades Promotoras de Salud (EPS), sino también permitir una planificación más sostenible del sistema en el corto y mediano plazo.

Además, la representante solicitó un espacio formal en la agenda de la mesa de trabajo para exponer y sustentar esta alternativa presupuestal ante los demás participantes, lo cual subraya la necesidad de que los debates técnicos se articulen con decisiones de política fiscal y asignación presupuestal. La Corte Constitucional acogió la solicitud y dispuso, mediante el Auto del 31 de marzo de 2025, el traslado del documento a todos los miembros de la mesa para su análisis.

Esta intervención pone en evidencia la dimensión estructural del problema de la UPC. La insuficiencia del valor asignado no solo tiene un impacto directo sobre la liquidez del aseguramiento en salud, sino que también limita la capacidad operativa de las IPS, condiciona la disponibilidad de medicamentos y tecnologías en salud, y debilita los programas de atención en territorios apartados o de alta complejidad.

Desde la perspectiva fiscal, la propuesta de la congresista Juvinao plantea una alternativa viable, pero también implica revisar las prioridades del gasto público en salud y redefinir el uso de fondos que, si bien están dentro del marco de la Ley 100, no han sido plenamente aprovechados para resolver los déficits estructurales del sistema.

Por otra parte, la intervención legislativa evidencia un vacío que ha sido reiteradamente señalado por expertos y asociaciones del sector: la ausencia de un mecanismo formal para realizar ajustes ex post a la UPC, tal como lo exige la Corte. Sin este mecanismo, las EPS no tienen certeza sobre el reconocimiento posterior de sobrecostos derivados de mayores frecuencias de uso, siniestralidad o incorporación de nuevas tecnologías, lo que genera incertidumbre y desincentiva la sostenibilidad del aseguramiento.

Sesiones técnicas y nuevo cronograma

El Ministerio de Salud informó que el cronograma de la mesa incluye sesiones entre marzo y abril para discutir temas como frecuencia de uso, severidad, siniestralidad y riesgo ajustado. Sin embargo, la Corte cuestionó si estas fechas fueron concertadas con los participantes, como exige el Auto 007 de 2025, o si fueron impuestas unilateralmente por la cartera.

Asimismo, se ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social responder más de 30 interrogantes puntuales sobre la Resolución 370, los criterios de participación, formatos exigidos, mecanismos de convocatoria, reglas de intervención y acceso a la información generada por la mesa.

Órdenes judiciales y vigilancia intensificada

En su auto, la Corte ordenó al MSPS, al Ministerio de Hacienda, la ADRES y los entes de control (Procuraduría, Fiscalía, Contraloría, Supersalud) responder a los cuestionamientos sobre la legalidad, operatividad y representatividad de la mesa. También se solicitó a asociaciones como Acemi, Acesi, Pacientes Colombia y la Asociación de Hospitales y Clínicas entregar informes sobre su participación y apreciaciones sobre el proceso.

De igual forma, se exigió a la ANDI remitir estudios técnicos relacionados con la suficiencia de la UPC, los cuales podrían fortalecer el análisis técnico de la Corte.

Implicaciones para la sostenibilidad financiera del sistema

El debate sobre la UPC tiene consecuencias directas sobre la estabilidad del sistema de salud colombiano. La falta de reajustes adecuados a esta prima ha generado déficit en las EPS y tensiones financieras para la prestación de servicios, afectando la atención oportuna a millones de afiliados.

La Corte reiteró que una UPC insuficiente perpetúa inequidades y vulnera derechos fundamentales, por lo que su fijación debe responder a criterios técnicos transparentes y a un proceso concertado con todos los actores involucrados.

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